Ley 17860

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Publicada D.O. 3 ene/005 - Nº 26663 Ley Nº 17.860 OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ DE LA ONU EN LA REPÚBLICA DE HAITÍ SE INCREMENTA EL CONTINGENTE MILITAR AUTORIZADO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Increméntase el número de efectivos integrantes del Contingente Militar autorizado a salir del territorio nacional por Ley Nº 17.785, de 22 de junio de 2004, a efectos de participar en las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de la Organización de Naciones Unidas en la República de Haití, conforme al siguiente detalle: Una Sub-Unidad de Infantería integrada por 5 (cinco) efectivos integrantes de Personal Superior y 151 (ciento cincuenta y uno) efectivos integrantes de Personal Subalterno. Medios de Apoyo Logístico y Sanitarios, integrados por 4 (cuatro) efectivos integrantes de Personal Superior y 40 (cuarenta) efectivos integrantes de Personal Subalterno.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 15 de diciembre de 2004. ALVARO ALONSO, 1er. Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Montevideo, 28 de diciembre de 2004. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. YAMANDÚ FAU. ALEJO FERNÁNDEZ. DIDIER OPERTTI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.