Ley 17879

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Publicada D.O. 26 jul/005 - Nº 26797 Ley Nº 17.879 VENEZUELA - URUGUAY CONVENIO INTEGRAL DE COOPERACIÓN ENERGÉTICA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Convenio Integral de Cooperación Energética entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, suscrito en Montevideo, el 2 de marzo de 2005.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 20 de julio de 2005. NORA CASTRO, Presidenta. Marti Dalgalarrondo Añón, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS   MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA Montevideo, 21 de julio de 2005. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. Dr.TABARÉ VÁZQUEZ. REINALDO GARGANO. DANILO ASTORI. JORGE LEPRA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.