Ley 17893

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Publicada D.O. 16 set/2005 - Nº 26834 Ley Nº 17.893 INMUEBLE RURAL DE LA 10a. SECCIÓN CATASTRAL DEL DEPARTAMENTO DE CANELONES SE TRANSFIERE A TÍTULO GRATUITO A LA ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO (OSE) El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 17.807, de 1º de setiembre de 2004, por el siguiente: "ARTICULO 1º.- Transfiérese a título gratuito, del dominio del Estado (Ministerio de Transporte y Obras Públicas) a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE), el inmueble padrón Nº 57.236 (cincuenta y siete mil doscientos treinta y seis), rural, ubicado en la 10a. Sección Catastral del departamento de Canelones, de la fracción del plano de mensura y deslinde del ingeniero agrimensor Germán Dellepiane, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el Nº 8.810, el 24 de agosto de 1998, tiene un área de 1.392,78 metros cuadrados".     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 6 de setiembre de 2005. VICTOR VAILLANT, Presidente. Santiago González Barboni, Secretario. MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS  MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Montevideo, 12 de Setiembre de 2005. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. Dr. TABARÉ VÁZQUEZ. LUIS LAZO MARIANO ARANA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.