Ley 17921

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Publicada D.O. 28 nov/005- Nº 26883 Ley Nº 17.921 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL DIRECTOR GENERAL Y SUBDIRECTOR GENERAL DE SECRETARÍA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Deróganse el numeral 1) del literal D) del artículo 31 del Decreto-Ley Nº 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas), de 21 de febrero de 1974, y el inciso segundo del artículo 101 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 10 de noviembre de 2005. NORA CASTRO, Presidenta. Marti Dalgalarrondo Añón, Secretario. MINISTERIO DEFENSA NACIONAL Montevideo, 22 de noviembre de 2005. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. Dr.TABARÉ VÁZQUEZ. AZUCENA BERRUTTI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.