Ley 17938

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Publicada D.O. 4 ene/006 - Nº 26910 Ley Nº 17.938 EXTINCIÓN DE DETERMINADOS DELITOS POR MATRIMONIO DEL OFENSOR CON LA OFENDIDA DEROGACIÓN DEL ARTÍCULO 116 DEL CÓDIGO PENAL Y DE LOS ARTÍCULOS 22 Y 23 DEL DECRETO-LEY Nº 15.032 El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Derógase el artículo 116 del Código Penal y los artículos 22 y 23 del Decreto-Ley Nº 15.032, de 7 de julio de 1980.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 21 de diciembre de 2005. NORA CASTRO, Presidenta. Marti Dalgalarrondo Añón, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Montevideo, 29 de diciembre de 2005. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. Dr. TABARÉ VÁZQUEZ. JORGE BROVETTO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.