Ley 18056

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Publicada D.O. 1º dic/006 - Nº 27131 Ley Nº 18.056 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONVENCIÓN CONTRA LA CORRUPCIÓN El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción suscrita en Mérida, México, del 9 al 11 de diciembre de 2003, que consta del preámbulo y setenta y un artículos.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 14 de noviembre de 2006. JULIO CARDOZO FERREIRA, Presidente. MARTI DALGALARRONDO AÑÓN, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA     MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Montevideo, 20 de noviembre de 2006. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. TABARÉ VÁZQUEZ. REINALDO GARGANO. JOSÉ E. DÍAZ. DANILO ASTORI. JORGE BROVETTO. EDUARDO BONOMI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.