Ley 18143

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Publicada D.O. 27 jun/007 - Nº 27266 Ley Nº 18.143 PROTECTOR DE LOS PUEBLOS LIBRES DESIGNACIÓN AL LICEO DE CHAPICUY, DEPARTAMENTO DE PAYSANDÚ El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Desígnase con el nombre de "Protector de los Pueblos Libres" al Liceo de Chapicuy, en el departamento de Paysandú, dependiente del Consejo de Educación Secundaria (Administración Nacional de Educación Pública). Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 12 de junio de 2007. RODOLFO NIN NOVOA, Presidente. Hugo Rodríguez Filippini, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Montevideo, 18 de junio de 2007. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. TABARÉ VÁZQUEZ. JORGE BROVETTO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.