Ley 18175

Descarga el documento

Publicada D.O. 12 set/007 - Nº 27320 Ley Nº 18.175 RUSIA - URUGUAY CONVENIO SOBRE LA COOPERACIÓN EN LA LUCHA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO Y USO INDEBIDO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Convenio entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre la Cooperación en la Lucha contra el Tráfico Ilícito y el Uso Indebido de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, suscrito en Moscú, el 2 de julio de 2002.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 8 de agosto de 2007. ENRIQUE PINTADO , Presidente. Marti Dalgalarrondo Añón, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA     MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Montevideo, 1º de setiembre de 2007. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. TABARÉ VÁZQUEZ. REINALDO GARGANO. DAISY TOURNÉ. DANILO ASTORI. JORGE BROVETTO. MARÍA JULIA MUÑÓZ. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.