Ley 18400

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Publicada D.O. 6 nov/008 - Nº 27606 Ley Nº 18.400 EXONERACIONES TRIBUTARIAS ESTABLECIDAS A FAVOR DE LAS COOPERATIVAS SOCIALES MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 7º DE LA LEY Nº 17.978 El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo único.- Sustitúyese el artículo 7º de la Ley Nº 17.978, de 26 de junio de 2006, por el siguiente: "ARTÍCULO 7º. (Fomento).- Se declara de interés general el fomento de las cooperativas sociales. Las mismas quedan exoneradas de todo tributo nacional. Asimismo, estarán exoneradas de todo aporte patronal a la Seguridad Social, incluido el correspondiente al Fondo Nacional de Salud establecido en el artículo 61 de la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007, modificativas y concordantes, rigiendo la modificación y la exoneración referida a partir del 1º de enero de 2008".     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 22 de octubre de 2008. JOSÉ MUJICA, Presidente. Hugo Rodríguez Filippini, Secretario. MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES    MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS     MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL      MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA       MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS        MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA         MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL          MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA           MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA            MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE             MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Montevideo, 24 de octubre de 2008. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se sustituye el artículo 7º de la Ley Nº 17.978, de 26 de junio de 2006, en el que se declara de interés general el fomento de las cooperativas sociales. TABARÉ VÁZQUEZ. MARINA ARISMENDI. DAISY TOURNÉ. GONZALO FERNÁNDEZ. ÁLVARO GARCÍA. JOSÉ BAYARDI. MARÍA SIMON. VÍCTOR ROSSI. DANIEL MARTÍNEZ. EDUARDO BONOMI. MARÍA JULIA MUÑOZ. ERNESTO AGAZZI. HÉCTOR LESCANO. CARLOS COLACCE. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.