Ley 18609

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Publicada D.O. 14 oct/009 - Nº 27835 Ley Nº 18.609 CONVENIO INTERNACIONAL DEL TRABAJO Nº 102 SOBRE LA SEGURIDAD SOCIAL (NORMA MÍNIMA) APROBACIÓN El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo único.- Apruébase el Convenio Internacional del Trabajo Nº 102 sobre la seguridad social (norma mínima), 1952, adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo en su trigésima quinta reunión celebrada en Ginebra en junio de 1952.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 15 de setiembre de 2009. ROQUE ARREGUI, Presidente. José Pedro Montero, Secretario. MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Montevideo, 2 de octubre de 2009. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba el Convenio Internacional del Trabajo Nº 102 sobre la seguridad social (norma mínima), 1952, adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo en su trigésima quinta reunión celebrada en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, en junio de 1952. TABARÉ VÁZQUEZ. JULIO BARÁIBAR. PEDRO VAZ. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.