Ley 18623

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Publicada D.O. 20 nov/009 - Nº 27861 Ley Nº 18.623 ABREVIACIÓN DE LOS PROCESOS LABORALES PRÓRROGA DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY Nº 18.572 El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo único.- Suspéndese hasta el 31 de enero de 2010 la aplicación de los procesos laborales regulados por la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009 (ley de abreviación de los procesos laborales).     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 3 de noviembre de 2009. ALBERTO CASAS, 1er. Vicepresidente. Alberto Bensión, Secretario. MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL  MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Montevideo, 13 de noviembre de 2009. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se suspende hasta el 31 de enero de 2010, la aplicación de los procesos laborales regulados por la Ley Nº 18.572, de 13 de setiembre de 2009. TABARÉ VÁZQUEZ. JULIO BARÁIBAR. MARÍA SIMON. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.