Publicada D.O. 17 jul/986 - Nº
21979
Ley Nº 15.756
REFORMA REGISTRAL
SE PRORROGA LA FECHA DE ENTRADA EN
VIGENCIA DEL DECRETO-LEY 15.514
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Prorrógase la
fecha de entrada en vigencia del Decreto-Ley 15.514, de 29 de diciembre de 1983,
la que regirá desde el día 1º de enero de 1987.
Artículo 2º.- Comuníquese,
etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 9 de julio de 1985.
ANTONIO MARCHESANO,
Presidente.
Héctor S Clavijo,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 12 de julio de 1985.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ADELA RETA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.