Publicada D.O. 18 mar/986 - Nº
22122
Ley Nº 15.764
CONVENIOS DE DERECHO INTERNACIONAL
HUMANITARIO
SE APRUEBA LA ADHESION DE LA
REPUBLICA A LOS PROTOCOLOS ADICIONALES I Y II
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Aprúebase la
Adhesión de la República a los Protocolos Adicionales I y II a
los Convenios de Derecho Internacional
Humanitario (Ginebra, 1949) relativos a la protección de las
Víctimas de los Conflictos Armados Internacionales y a la
Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados sin carácter
internacional, respectivamente.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 20 de agosto de 1985.
ANTONIO MARCHESANO,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 13 de setiembre de
1985.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ENRIQUE V. IGLESIAS.
JUAN VICENTE CHIARINO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.