Publicada D.O. 1 oct/985 - Nº
22031
Ley Nº 15.765
FONPLATA - URUGUAY
SE APRUEBA EL CONTRATO DE PRESTAMO
Nº UR 3/84
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase en
todos sus términos el Contrato de
Préstamo N° UR 3/84 y sus anexos, suscrito por el Gobierno de
la República y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca
del Plata (FONPLATA) el 20 de diciembre de 1984, por un monto de
hasta el equivalente a U$S 2:000.000 (dos millones de dólares de
los Estados Unidos de América) en las monedas que forman parte de
los recursos de FONPLATA, para atender la financiación de las obras
necesarias para terminación y puesta en marcha del complejo de
laboratorios Campus Veterinario "Dr. Miguel Rubino" (Sede Central
del Centro de Investigaciones Veterinarias del Ministerio de
Agricultura y Pesca).
Artículo 2º.- Autorízase la
inversión pertinente que se atenderá con cargo a Rentas
Generales.
Artículo 3º.- Comuníquese,
etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 4 de setiembre de 1985.
ANTONIO MARCHESANO,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 13 de setiembre de
1985.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
RICARDO ZERBINO CAVAJANI.
MARIO C. FERNANDEZ.
ROBERTO VAZQUEZ PLATERO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.