Publicada D.O. 2 oct/985 - Nº
22032
Ley Nº 15.766
SE APRUEBA LA ADHESION DE LA
REPUBLICA AL CENTRO REGIONAL
PARA FOMENTO DEL LIBRO EN AMERICA LATINA Y EL CARIBE
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase la
adhesión de la República al Centro Regional para el Fomento del
Libro en América Latina y el Caribe (CERLALC), con sede en la
ciudad de Bogotá, Colombia, creado por el Acuerdo de Cooperación
Internacional entre el Gobierno de Colombia y la Organización de
las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(UNESCO), suscrito el 23 de abril de
1971 y revisado el 10 de febrero de
1977.
Artículo 2º.- Comuníquese,
etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 4 de setiembre de 1985.
ANTONIO MARCHESANO,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 13 de setiembre de
1985.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
MARIO C. FERNANDEZ.
ADELA RETA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.