Ley 15813

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Publicada D.O. 30 may/986 - Nº 22163 Ley Nº 15.813 ANA FRANK SE DESIGNA CON SU NOMBRE LA ESCUELA Nº 271 DEL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Desígnase con el nombre de "Ana Frank" a la escuela Nº 271 de 2ª Categoría, del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Primaria. Artículo 2º.- Derógase la ley 15.772, de 23 de setiembre de 1985. Artículo 3º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo a 7 de mayo de 1986. LUIS ITUÑO, Presidente. Héctor S. Clavijo, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 21 de mayo de 1986. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ADELA RETA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.