Ley 15837

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Publicada D.O. 16 dic/986 - Nº 22285 Ley Nº 15.837 LEGISLACION LABORAL SE DEROGA EL DECRETO-LEY 14.490, QUE ESTABLECE TERMINOS DE PRESCRIPCION POR ACCIONES ORIGINADAS EN RELACION DE TRABAJO DE QUE SEA TITULAR EL TRABAJADOR FRENTE AL EMPLEADOR El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Derógase el decreto-ley 14.490, de 23 de diciembre de 1975 así como todas las disposiciones que establecen términos de prescripción en materia de acciones originadas en relaciones de trabajo de que sea titular el trabajador frente al empleador. Artículo 2º.- Las acciones originadas en las relaciones de trabajo prescriben a los dos años, a partir del día siguiente a aquel en que cesó la vinculación laboral en que se fundan. La sola presentación del trabajador ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social solicitando la audiencia de conciliación prevista en el artículo 10 del decreto-ley 14.188, de 5 de abril de 1974, interrumpirá la prescripción. Artículo 3º.- En ningún caso podrán reclamarse prestaciones laborales que se hubieran hecho exigibles con más de diez años de anticipación a la fecha en que se inicie la reclamación judicial pertinente. Artículo 4º.- No será aplicable al régimen de prescripción regulado por esta ley lo establecido en el artículo 1.227 del Código Civil. Artículo 5º.- El régimen de prescripción establecido en los artículos 2º y 3º se aplicará a las relaciones laborales vigentes a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley así como a las que se inicien con posterioridad. Artículo 6º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Asamblea General, en Montevideo, a 16 de octubre 1986. LUIS A. LACALLE HERRERA, 2do. Vicepresidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL  MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 28 de octubre de 1986. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. HUGO FERNANDEZ FAINGOLD. ADELA RETA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.