Ley 15861

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Publicada D.O. 9 may/987 - Nº 22389 Ley Nº 15.861 BULGARIA - URUGUAY SE APRUEBA EL CONVENIO DE COLABORACION EN EL CAMPO DE LA CULTURA, LA CIENCIA Y LA EDUCACION El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Apruébase el Convenio de Colaboración en el Campo de la Cultura, la Ciencia y la Educación entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Popular de Bulgaria, suscrito en Sofía el 21 de octubre de 1985. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 5 de mayo de 1987. VICTOR CORTAZZO, Presidente. Héctor S. Clavijo, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 15 de mayo de 1987. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ENRIQUE V. IGLESIAS. ADELA RETA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.