Publicada D.O. 28 oct/987 - Nº
22493
Ley Nº 15.899
YUGOSLAVIA - URUGUAY
CONVENIO DE COOPERACION
CIENTIFICO-TECNICA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase el
Convenio de Cooperación
Científico-Técnica entre el Gobierno de la República, y el
Consejo Ejecutivo de la Asamblea Federal de la República Socialista
Federativa de Yugoslavia, celebrado en Montevideo el 14 de mayo de
1985.
Artículo 2º.- Comuníquese,
etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 7 de octubre de 1987.
VICTOR CORTAZZO,
Presidente.
Héctor S. Clavijo,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 16 de octubre de
1987.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ALBERTO RODRIGUEZ NIN.
PEDRO BONINO GARMENDIA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.