Ley 15912

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Publicada D.O. 10 dic/987 - Nº 22522 Ley Nº 15.912 JULIO CASTRO SE DESIGNA CON SU NOMBRE A LA ESCUELA Nº 269 DEL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Desígnase la Escuela Nº 269, de 1er. Grado, de la ciudad de Montevideo, con el nombre de "Maestro Julio Castro", dependiente de la Administración Nacional de Educación Pública. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 11 de noviembre de 1987. VICTOR CORTAZZO, Presidente. Héctor S. Clavijo, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 19 de noviembre de 1987. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. JULIO AGUIAR. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.