Ley 15941

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Publicada D.O. 9 may/988 - Nº 22617 Ley Nº 15.941 CIUDAD DE PANDO SE DECLARA FERIADO EL 13 DE MAYO DE 1988, CON MOTIVO DEL BICENTENARIO DE SU FUNDACIÓN El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Declárase feriado para la ciudad de Pando, Séptima Sección Judicial del departamento de Canelones, el 13 de mayo de 1988, día de los actos conmemorativos del bicentenario de la fundación de dicha ciudad, fundada el 30 de marzo de 1788. Artículo 2º.- Autorízase a los funcionarios públicos nacidos en la Séptima Sección Judicial del departamento de Canelones, que deseen trasladarse a los actos conmemorativos a celebrarse en la fecha indicada, una licencia de dos días. Artículo 3º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo a 6 de abril de 1988. ENRIQUE E. TARIGO, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 11 de abril de 1988. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ANTONIO MARCHESANO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.