Publicada D.O. 6 may/988 - Nº
22615
Ley Nº 15.942
FERIADO
SE DECLARA FERIADO PARA LOS
DEPARTAMENTOS SITUADOS AL NORTE DEL RIO NEGRO,
CON MOTIVO DE LA VISITA DE SU SANTIDAD EL PAPA JUAN PABLO II
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Declárase
feriado el día 9 de mayo de 1988, para los departamentos situados
al norte del Río Negro con motivo de la visita apostólica que
realizará a la República Oriental del Uruguay, Su Santidad el Papa
Juan Pablo II.
Artículo 2º.- Aplícase en
dicho feriado el régimen dispuesto en el artículo 18 de la ley
12.590, de 23 de diciembre de 1958.
Artículo 3º.- Esta ley
entrará en vigencia al ser publicada en dos diarios de la capital
de la República.
Artículo 4º.- Comuníquese,
etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 4 de mayo de 1988.
ERNESTO AMORIN LARRAÑAGA,
Presidente.
Héctor S. Clavijo,
Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
Montevideo, 6 de mayo de 1988.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ANTONIO MARCHESANO.
LUIS BARRIOS TASSANO.
RICARDO ZERBINO CAVAJANI.
Tte. Gral. HUGO M. MEDINA.
ADELA RETA.
JORGE SANGUINETTI.
JORGE PRESNO HARAN.
HUGO FERNANDEZ FAINGOLD.
SAMUEL VILLALVA.
PEDRO BONINO GARMENDIA.
JOSE VILLAR GOMEZ.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.