Ley 15943

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Publicada D.O. 10 jun/988 - Nº 22639 Ley Nº 15.943 MONUMENTO HISTORICO SE DECLARA EL "MOLINO VIEJO" UBICADO EN LA CIUDAD DE MINAS El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Declárase Monumento Histórico el "Molino Viejo", ubicado en la ciudad de Minas. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 17 de mayo de 1988. ENRIQUE E. TARIGO, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 30 de mayo de 1988. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ADELA RETA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.