Ley 15954

Descarga el documento

Publicada D.O. 28 jul/988 - Nº 22670 Ley Nº 15.954 COLOMBIA - URUGUAY CONVENCION DE INTERCAMBIO CULTURAL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Apruébase la Convención de Intercambio Cultural entre la República Oriental del Uruguay y la República de Colombia, suscrita en Bogotá el 2 de agosto de 1985. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 8 de junio de 1988. ERNESTO AMORIN LARRAÑAGA, Presidente. Héctor S. Clavijo, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 20 de junio de 1988. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. LUIS BARRIOS TASSANO. ADELA RETA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.