Ley 15957

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Publicada D.O. 5 oct/988 - Nº 22718 Ley Nº 15.957 ONU - URUGUAY ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA Y EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, suscrito en Montevideo, el 12 de diciembre de 1985. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 8 de junio de 1988 ERNESTO AMORIN LARRAÑAGA, Presidente. Héctor S. Clavijo, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 20 de junio de 1988. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. LUIS BARRIOS TASSANO. RICARDO ZERBINO CAVAJANI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.