Publicada D.O. 2 ago/988 - Nº
22673
Ley Nº 15.968
CENTRO INTERNACIONAL DE REGISTRO DE
LAS PUBLICACIONES SERIADAS
SE APRUEBA LA ADHESION DE LA
REPUBLICA A LOS ESTATUTOS DEL MISMO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase la
adhesión de la República a los Estatutos del Centro Internacional de Registro
de las Publicaciones Seriadas, con sede en París.
Artículo 2º.- Comuníquese,
etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 6 de julio de 1988.
ERNESTO AMORIN LARRAÑAGA,
Presidente.
Héctor S. Clavijo,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 14 de julio de 1988.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
LUIS BARRIOS TASSANO.
ADELA RETA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.