Ley 15984

Descarga el documento

Publicada D.O. 10 dic/988 - Nº 22741 Ley Nº 15.984 OPERACION UNITAS XXIX SE AUTORIZA LA REALIZACION DE LA MENCIONADA MANIOBRA EN AGUAS TERRITORIALES El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Autorízase la escala en el puerto de Montevideo y la realización de maniobras navales combinadas con buques de la Armada Nacional en aguas territoriales, entre el 25 de octubre y el 1° de noviembre de 1988, de tres buques navales de la Armada de los Estados Unidos de América y de dos buques navales de la Armada de la República Federativa del Brasil y en el puerto de Maldonado de dos unidades navales de la Armada de los Estados Unidos de América, con motivo de realizarse la Operación Unitas XXIX. Artículo 2º.- A partir del 25 de octubre de 1988, se autoriza la participación del R.O.U "18 de Julio" y de una aeronave S2G de la Aviación Naval en el combinados con unidades de las Armadas de los Estados Unidos de América de la República Federativa del Brasil, fuera de aguas jurisdiccionales, regresando al puerto de Montevideo el 1° de noviembre de 1988. Artículo 3º.- Esta ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Poder Ejecutivo. Artículo 4º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 26 de octubre de 1988. ERNESTO AMORIN LARRAÑAGA, Presidente. Héctor S. Clavijo, Secretario. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Montevideo, 27 de octubre de 1988. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. Tte. Gral. HUGO M. MEDINA. ANTONIO MARCHESANO LUIS BARRIOS TASSANO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.