Publicada D.O. 1º dic/988 - Nº
22756
Ley Nº 15.999
DALMIRA AGUSTINI
SE DISPONE EL TRASLADO DE SUS RESTOS
AL PANTEON NACIONAL
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Dispónese el
traslado al Panteón Nacional de los restos de la poetisa Delmira
Agustini.
Artículo 2º.- El Poder
Ejecutivo dispondrá la fecha en que se efectuará el traslado, así
como los homenajes que, en esa oportunidad, se rendirán a la
memoria de la poetisa.
Artículo 3º.- En la urna en
que se depositarán los restos de Delmira Agustini se colocará una
placa con la siguiente inscripción: "Homenaje de la República
Oriental del Uruguay a Delmira Agustini".
Artículo 4º.- Comuníquese,
etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
16 de noviembre de 1988.
ENRIQUE E. TARIGO,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 24 de noviembre de
1988.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ADELA RETA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.