Publicada D.O. 6 dic/988 - Nº
22759
Ley Nº 16.005
WASHINGTON BELTRAN
SE DISPONE LA ERECCION DE UN
MONUMENTO EN SU MEMORIA EN LA PLAZUELA UBICADA EN AVENIDA AGRACIADA
Y FELIX OLMEDO, CIUDAD DE MONTEVIDEO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Dispónese la
erección de un monumento en memoria de Washington Beltrán en la
plazuela ubicada en avenida Agraciada y calle Félix Olmedo, en la
ciudad de Montevideo.
Artículo 2º.- Créase una
Comisión Nacional de Homenaje a Washington Beltrán que se integrará
con un representante del Poder Ejecutivo; un representante del
Poder Legislativo designado por la Asamblea General; un
representante de la Intendencia Municipal de Montevideo; un
delegado del Directorio del Partido Nacional y una personalidad de
relevancia nacional que será elegida por los cuatro anteriores y
que pasará a presidir la Comisión.
Artículo 3º.- La Comisión
tendrá amplios cometidos para recibir y resolver sobre los
proyectos que se presenten y todo lo atinente a la erección del
monumento.
Artículo 4º.- El Poder
Ejecutivo dispondrá los fondos necesarios para el cumplimiento de
esta ley, con cargo a Rentas Generales.
Artículo 5º.- Comuníquese,
etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
16 de noviembre de 1988.
ENRIQUE E. TARIGO,
Primer Vicepresidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 28 de noviembre de
1988.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ADELA RETA.
RICARDO ZERBINO CAVAJANI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.