Publicada D.O. 13 ene/989 - Nº
22786
Ley Nº 16.014
SE PRORROGA LA ENTRADA EN VIGENCIA
DEL DECRETO LEY 15.514, POR
EL TERMINO DE TRES AÑOS, REFERENTE AL LA REFORMA REGISTRAL
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Prorrógase la
fecha de entrada en vigencia del Decreto Ley 15.514, de 29 de diciembre de 1983,
por el término de tres años a contar del 1° de enero de 1989.
Artículo 2º.- Comuníquese,
etc.
Sala Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo,
a 14 de diciembre de 1988.
HUGO GRANUCCI,
Primer Vicepresidente.
Héctor S.Clavijo,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 20 de diciembre
de1988.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ADELA RETA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.