Publicada D.O. 27 may/989 - Nº
22853
Ley Nº 16.023
GUATEMALA - URUGUAY
SE APRUEBA EL CONVENIO BASICO DE
COOPERACION TECNICA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase el
Convenio Básico de Cooperación
Técnica entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay
y el Gobierno de la República de Guatemala.
Artículo 2º.- Comuníquese,
etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 4 de abril de 1989.
LUIS A. HIERRO LOPEZ,
Presidente.
Horacio D. Cataluda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
Montevideo, 13 de abril de 1989.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
LUIS BARRIOS TASSANO.
RICARDO ZERBINO CAVAJANI.
ADELA RETA.
JORGE PRESNO HARAN.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.