Ley 16024

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Publicada D.O. 4 may/989 - Nº 22857 Ley Nº 16.024 GUATEMALA - URUGUAY SE APRUEBA EL CONVENIO DE COOPERACION ECONOMICA Y COMERCIAL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Apruébase el Convenio de Cooperación Económica y Comercial entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de Guatemala, suscrito en Montevideo, el 27 de febrero de 1987. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 4 de abril de 1989. LUIS A. HIERRO LOPEZ, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS   MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA Montevideo, 13 de abril de 1989. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. LUIS BARRIOS TASSANO. RICARDO ZERBINO CAVAJANI. JORGE PRESNO HARAN. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.