Publicada D.O. 20 jul/989 - Nº
22907
Ley Nº 16.026
REPUBLICA POPULAR CHINA -
URUGUAY
SE APRUEBA EL CONVENIO
COMERCIAL
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase el
Convenio Comercial entre
el gobierno de la República Oriental del Uruguay y el gobierno de
la República Popular China, suscrito el 3 de febrero de 1988.
Artículo 2º.- Comuníquese,
etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 4 de abril de 1989.
LUIS A. HIERRO LOPEZ,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 13 de abril de 1989.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
LUIS BARRIOS TASSANO.
RICARDO ZERBINO CAVAJANI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.