Ley 16026

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Publicada D.O. 20 jul/989 - Nº 22907 Ley Nº 16.026 REPUBLICA POPULAR CHINA - URUGUAY SE APRUEBA EL CONVENIO COMERCIAL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Apruébase el Convenio Comercial entre el gobierno de la República Oriental del Uruguay y el gobierno de la República Popular China, suscrito el 3 de febrero de 1988. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 4 de abril de 1989. LUIS A. HIERRO LOPEZ, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 13 de abril de 1989. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. LUIS BARRIOS TASSANO. RICARDO ZERBINO CAVAJANI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.