Publicada D.O. 31 may/989 - Nº
22875
Ley Nº 16.027
SE APRUEBAN LAS ENMIENDAS AL
CONVENIO SOBRE EL REGLAMENTO INTERNACIONAL PARA PREVENIR ABORDAJES,
1972
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébanse las
Enmiendas al Convenio sobre el Reglamento Internacional para
Prevenir los Abordajes, 1972, aprobadas por Resolución 464 de
la Decimosegunda Asamblea General de la Organización Marítima
Internacional, de 19 de noviembre de 1981.
Artículo 2º.- Comuníquese,
etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 4 de abril de 1989.
LUIS A. HIERRO LOPEZ,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 14 de abril de 1989.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
LUIS BARRIOS TASSANO.
Tte. Gral. HUGO M. MEDINA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.