Ley 16057

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Publicada D.O. 4 set/989 - Nº 22938 Ley Nº 16.057 QUIMICO FARMACEUTICO DON JOSE VICTOR MENDIZABAL SE DESIGNA ASI A LA ESCUELA Nº 33, DE PRIMERA CATEGORIA, EN LA CIUDAD DE FLORIDA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Desígnase con el nombre "Químico Farmacéutico Don José Víctor Mendizabal" a la Escuela Nº 33 de 1ra. Categoría, de la ciudad de Florida, dependiente de la Administración Nacional de Educación Pública (Consejo de Educación Primaria). Artículo 2º.- Comuníquese, etc.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 1° de agosto de 1989. ENRIQUE E. TARIGO, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 8 de agosto de 1989. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ADELA RETA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.