Publicada D.O. 5 dic/989 - Nº
23000
Ley Nº 16.062
CONVENCION SOBRE LA CONSERVACION DE
LAS ESPECIES
MIGRATORIAS DE ANIMALES SILVESTRES
APROBACION
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase la
adhesión de la República a la Convención sobre la
Conservación de las Especies Migratorias de Animales
Silvestres, firmada el 23 de junio de 1979 en Bonn, República
Federal de Alemania.
Artículo 2º.- Comuníquese,
etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 2 de octubre de 1989.
LUIS A. HIERRO LOPEZ,
Presidente.
Héctor S. Clavijo,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 6 de octubre de
1989.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
LUIS BARRIOS TASSANO.
ADELA RETA.
PEDRO BONINO GARMENDIA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.