Publicada D.O. 13 ago/990 - Nº
23163
Ley Nº 16.121
AGUSTÍN FERREIRO
DESÍGNASE CON SU NOMBRE LA ESCUELA
Nº 34, RURAL, DEL PARAJE ROLDÁN,
DEL DEPARTAMENTO DE LAVALLEJA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Desígnase con el nombre "Agustín
Ferreiro" a la Escuela Nº 34, Rural, Granja, del paraje Roldán,
departamento de Lavalleja, dependiente de la Administración
Nacional de Educación Pública (Consejo de Educación Primaria).
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
30 de julio de 1990.
GONZALO AGUIRRE RAMÍREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 3 de agosto de 1990.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
GUILLERMO GARCÍA COSTA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.