Ley 16173

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Publicada D.O. 15 may/991 - Nº 23339 Ley Nº 16.173 CONVENIOS INTERNACIONALES APRUÉBASE LA ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA A LA CONVENCIÓN DE VIENA, SOBRE EL DERECHO DE LOS TRATADOS ENTRE ESTADOS Y ORGANIZACIONES INTERNACIONALES El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase la adhesión de la República a la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales, concluida el 21 de marzo de 1986 en Viena, República de Austria.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 19 de marzo de 1991. JUAN ADOLFO SINGER, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Montevideo, 30 de marzo de 1991. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese a insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. HÉCTOR GROS ESPIELL. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.