Publicada D.O. 5 ago/991 - Nº
23392
Ley Nº 16.183
PAISES BAJOS - URUGUAY
APRUÉBASE EL ACUERDO DE FOMENTO Y
PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo de Fomento y
Protección Recíproca de Inversiones entre la República Oriental
del Uruguay y el Reino de los Países Bajos, suscrito en la Haya el
22 de setiembre de 1988.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 15 de mayo de 1991.
JUAN ADOLFO SINGER,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FIANZAS
Montevideo, 21 de mayo de 1991.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
AGUIRRE RAMÍREZ.
EDUARDO MEZZERA.
ENRIQUE BRAGA SILVA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.