Ley 16187

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Publicada D.O. 6 dic/991 - Nº 23481 Ley Nº 16.187 ESPAÑA - URUGUAY APRUÉBASE EL ACUERDO DE COOPERACIÓN TÉCNICA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Reino de España, suscrito el 4 de noviembre de 1987.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 5 de junio de 1991. CARLOS M. GARAT, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS   MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA    MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA     MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA Montevideo, 18 de junio de 1991. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. HECTOR GROS ESPIELL. ENRIQUE BRAGA SILVA. AUGUSTO MONTESDEOCA. CARLOS E. DELPIAZZO. GUSTAVO FERRES. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.