Publicada D.O. 27 set/991 - Nº
23431
Ley Nº 16.196
MERCOSUR
APRUEBASE EL SUSCRITO PARA LA
CONSTITUCION DE UN MERCADO COMUN,
ENTRE LAS REPUBLICAS DE ARGENTINA, BRASIL, PARAGUAY Y URUGUAY
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Tratado
para la Constitución de un Mercado Común entre la República
Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del
Paraguay y la República Oriental del Uruguay y sus cinco Anexos,
suscrito en la ciudad de Asunción, el 26 de marzo de 1991.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 12 de julio de 1991
JUAN ADOLFO SINGER,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
Montevideo, 22 de julio de 1991.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
JUAN ANDRES RAMIREZ.
HECTOR GROS ESPIELL.
ENRIQUE BRAGA SILVA.
MARIANO R. BRITO.
GUILLERMO GARCIA COSTA.
WILSON ELSO GOÑI.
AUGUSTO MONTESDEOCA.
CARLOS A. CAT.
CARLOS E. DELPIAZZO.
ALVARO RAMOS.
JOSE VILLAR GOMEZ.
WALTER GRAIÑO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.