Publicada D.O. 6 ene/991 - Nº
23481
Ley Nº 16.221
DESECHOS PELIGROSOS
APRUEBASE EL CONVENIO DE BASILEA
RELATIVO AL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS
MISMOS
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Convenio de Basilea sobre el control de los
Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su
Eliminación, resultante de la Conferencia de Plenipotenciarios
celebrada en Basilea, Suiza, del 20 al 22 de marzo de 1989.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 15 de octubre de 1991.
JUAN ADOLFO SINGER,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
Montevideo, 22 de octubre de
1991.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
HECTOR GROS ESPIELL.
JUAN ANDRES RAMIREZ.
IGNACIO RISSO.
CARLOS RODRIGUEZ LABRUNA.
WILSON ELSO GOÑI.
CARLOS E. DELPIAZZO.
RAUL LAGO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.