Publicada D.O. 26 may/992 - Nº
23586
Ley Nº 16.257
DÍA DEL TRABAJADOR BANCARIO
DECLÁRASE ASÍ, EL DÍA 5 DE MAYO DE
CADA AÑO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Declárase el día 5 de mayo de cada año
como "Día del Trabajador Bancario".
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 5 de mayo de 1992.
ALEM GARCÍA,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 12 de mayo de 1992.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
ENRIQUE ÁLVARO CARBONE
IGNACIO de POSADAS MONTERO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.