Publicada D.O. 10 jul/992 - Nº
23597
Ley Nº 16.258
CIUDAD DE RIO BRANCO
DISPÓNESE TRES DÍAS DE ASUETO PARA
LOS NACIDOS EN DICHA CIUDAD, CON
MOTIVO DE CELEBRARSE 200 AÑOS DE SU FUNDACIÓN
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Dispónese que
los nacidos y quienes habiten en la 3ª Sección Judicial del
departamento de Cerro Largo, gozarán de tres días de asueto en los
correspondientes al 9, 10 y 11 de junio de 1992, con motivo de
celebrarse los 200 años de la génesis del proceso fundacional de la
ciudad de Río Branco.
Artículo 2º.- Concédase a la
Junta Local Autónoma de la ciudad de Río Branco a fin de celebrar
el acontecimiento referido:
A)
Una
contribución consistente en una partida de UR 7.000 (siete mil
Unidades Reajustables) para la compra de un inmueble y su
alhajamiento destinados a Casa de la Cultura y Museo Histórico de
la mencionada ciudad.
B)
Una
partida de UR 2.500 (dos mil quinientas Unidades Reajustables) como
contribución para la realización de los festejos a llevarse a
cabo.
Artículo 3º.- Las partidas
mencionadas en el artículo anterior serán puestas a disposición de
la Junta Local Autónoma de Río Branco inmediatamente después de
sancionada la presente ley y sus fondos se proveerán con cargo al
Tesoro Nacional, debiéndose rendir cuenta de la inversión de los
mismos a la Contaduría General de la Nación.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 5 de mayo de 1992.
ALEM GARCÍA,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
Montevideo, 12 de mayo de 1992.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
JUAN ANDRÉS RAMÍREZ.
EDUARDO MEZZERA.
IGNACIO de POSADAS MONTERO.
IGNACIO RISSO.
GUILLERMO GARCÍA COSTA.
WILSON ELSO GOÑI.
GUSTAVO CERSOSIMO.
ENRIQUE ÁLVARO CARBONE.
JULIO CESAR LEIVAS.
ÁLVARO RAMOS.
JOSÉ VILLAR GÓMEZ.
JOSÉ MARÍA MIERES MURO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.