Ley 16259

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Publicada D.O. 24 jul/992 - Nº 23628 Ley Nº 16.259 EJÉRCITO NACIONAL Y FUERZA AÉREA AUTORÍZASE LA SALIDA DEL PAÍS, A SUS EFECTIVOS PARA INCORPORARSE COMO CONTINGENTE DE APOYO A LA AUTORIDAD PROVISIONAL DE LAS NACIONES UNIDAS EN CAMBOYA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Autorízase la salida del país por un período de dieciocho meses, a partir de la vigencia de la presente ley, de efectivos pertenecientes al Ejército Nacional y a la Fuerza Aérea Uruguaya, con sus respectivos equipos orgánicos y el de cada unidad, integrados por un Oficial Superior, cinco Jefes, cuarenta Oficiales Subalternos y ochocientos cuatro de personal Subalterno, a fin de Incorporarse como contingente de Apoyo a la Autoridad Provisional de las Naciones Unidas en Camboya (UNTAC). Artículo 2º.- La presente ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Poder Ejecutivo.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 13 de mayo de 1992. GONZALO AGUIRRE RAMÍREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Montevideo, 14 de mayo de 1992. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. IGNACIO RISSO. JUAN ANDRÉS RAMÍREZ. EDUARDO MEZZERA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.