Publicada D.O. 15 jul/992 - Nº
23621
Ley Nº 16.263
SANIDAD ANIMAL
APRUÉBASE CONVENIO ENTRE LOS
GOBIERNOS DE URUGUAY Y BRASIL
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase el Convenio de Sanidad Animal entre el gobierno de
la República Oriental del Uruguay y el gobierno de la República
Federativa del Brasil para el Intercambio de Animales y de
Productos de Origen Animal, suscrito el día 14 de agosto de
1985.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 3 de junio de 1992.
ALEM GARCÍA,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 12 de junio de 1992.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
HÉCTOR GROS ESPIEL.
ÁLVARO RAMOS.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.