Publicada D.O. 22 jul/992 - Nº
23626
Ley Nº 16.267
CONSEJO CONSULTIVO DE COOPERACION
AGRÍCOLA
CRÉASE EL DE LOS PAÍSES DEL ÁREA SUR
(CONASUR)
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase el Convenio entre la Subsecretaría de Agricultura,
Ganadería y Pesca de la República Argentina, el Ministerio de
Agricultura y Reforma Agraria de la República Federativa del
Brasil, el Ministerio de Agricultura de la República de Chile, el
Ministerio de Agricultura y Ganadería de la República del Paraguay,
el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca de la República
Oriental del Uruguay y el Instituto de Interamericano de
Cooperación para la Agricultura (IICA), por el cual se crea el
Consejo Consultivo de Cooperación Agrícola de los Países del Area
Sur (CONASUR), adoptado en la ciudad de Buenos Aires el 8 de junio
de 1990.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 11 de junio de 1992.
ALEM GARCÍA,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 16 de junio de 1992.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
HECTOR GROS ESPIEL.
IGNACIO de POSADAS.
ÁLVARO RAMOS.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.