Ley 16270

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Publicada D.O. 7 jul/992 - Nº 23615 Ley Nº 16.270 MEXICO - URUGUAY APRUÉBASE EL ACUERDO DE CREACIÓN DE LA COMISIÓN BINACIONAL PERMANENTE El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo de Creación de la Comisión Binacional Permanente entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, suscrito en la ciudad de Montevideo el 9 de octubre de 1990.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 11 de junio de 1992. ALEM GARCÍA, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Montevideo 23 de junio de 1992. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. HÉCTOR GROS ESPIELL. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.