Publicada D.O. 13 jul/992 - Nº
23619
Ley Nº 16.272
ARGENTINA - URUGUAY
APRUÉBASE EL CONVENIO DE COOPERACIÓN
REFERENTE A LA CONTAMINACIÓN
DEL MEDIO ACUÁTICO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase el Convenio de Cooperación entre la República
Oriental del Uruguay y la República Argentina para prevenir y
luchar contra incidentes de contaminación del medio acuático
producidos por hidrocarburos y sustancias perjudiciales, suscrito
en la ciudad de Buenos Aires, el 16 de setiembre de 1987.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 11 de junio de 1992.
ALEM GARCÍA,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
Montevideo 23 de junio de 1992.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
HÉCTOR GROS ESPIELL.
MARIANO R. BRITO.
JULIO C. BALIÑO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.